Indice Integración del Salario – Prestaciones y Grado de Riesgo

INTEGRACIÓN DEL SALARIO – PRESTACIONES Y GRADO DE RIESGO

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Í N D I C E

CAPÍTULO 1
SALARIO DIARIO INTEGRADO

Factor para la integración del salario base de cotización en el primer año de la prestación de servicios, cuando únicamente se otorgan quince días de aguinaldo y prima vacacional del 25% sobre seis días de vacaciones.
Factor para la integración del salario base de cotización en el primer año de la prestación de servicios, cuando se otorgan prestaciones mayores a las mínimas establecidas por la Ley Federal del Trabajo.
Salario diario integrado con elementos fijos.
Salario diario integrado con elementos variables.
Salario diario integrado en forma mixta.
Aportación de los trabajadores y del patrón al fondo de ahorro en cantidades iguales.
Aportación del trabajador al fondo de ahorro, por una cantidad mayor a la efectuada por el patrón.
El patrón aporta al fondo de ahorro, una cantidad mayor que el trabajador.
Fondo de ahorro, con más de dos retiros al año efectuados por el trabajador.
Aportación adicional del patrón al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Participación en las utilidades recibidas por los trabajadores.
Entrega de un alimento en forma gratuita.
Un alimento gratuito y antigüedad de trece años.
Tres alimentos gratuitos y antigüedad de cuatro años.
Alimentación entregada en forma onerosa.
Habitación proporcionada en forma gratuita.
Habitación proporcionada en forma onerosa.
Vales de despensa entregados que no rebasan el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
Vales de despensa entregados que rebasan el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
Premio por asistencia entregado, que no rebasa el diez por ciento del salario base de cotización.
Premio por asistencia entregado, que rebasa el diez por ciento del salario base de cotización.
Premio por puntualidad entregado, que rebasa el diez por ciento del salario base de cotización.
Premio por puntualidad entregado, que no rebasa el diez por ciento del salario base de cotización.
Premios por asistencia y puntualidad entregados, que rebasan el diez por ciento del salario base de cotización.
Premio por productividad.
Premio por antigüedad.
Horas extra trabajadas, que no rebasan los límites establecidos en la Ley Federal del Trabajo.
Salario por día trabajado, cuando éste es inferior al salario mínimo general del área geográfica que corresponda al patrón.
Trabajador que presta sus servicios a varios patrones, y sus ingresos son mayores a veinticinco veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal.
Integración y límite superior del salario base de cotización.
Trabajador que labora para varios patrones, y el salario recibido de todos ellos, no llega al límite inferior establecido en la Ley del Seguro Social.

CAPÍTULO 2
INTEGRACIÓN DEL SALARIO

Integración del salario.
Aguinaldo.
Aguinaldo pagado conjuntamente con el sueldo.
Aguinaldo pagado en varias entregas durante el año.
Alimentación gratuita pagando el servicio a un tercero.
Alimentación gratuita preparada por el personal de la empresa.
Alimentación parcialmente pagada por el trabajador.
Anticipo a cuenta de prima vacacional.
Anticipo de sueldos.
Aportaciones adicionales al INFONAVIT.
Aportaciones adicionales al seguro de retiro.
Aportaciones al INFONAVIT.
Aportación patronal al fondo de ahorro de la que se efectúan más de dos retiros en el año.
Aportación patronal al fondo de ahorro por el 13%.
Aportación patronal al fondo de ahorro por mayor cantidad a la del trabajador.
Atención médica.
Atención médica prestada en las instalaciones de la empresa.
Ayuda para colegiaturas de los hijos de los trabajadores.
Ayuda para gastos de funeral.
Ayuda para gastos de guardería.
Ayuda para gastos de matrimonio.
Ayuda para gastos médicos.
Becas para familiares de los trabajadores.
Becas para los trabajadores.
Bono de asistencia.
Bono de asistencia que excede al 10%.
Bono de comportamiento.
Bono de productividad fijo.
Bono de productividad variable.
Bono de puntualidad.
Bono de puntualidad que excede al 10%.
Capacitación para el trabajo previa al ingreso.
Comisiones a cobradores.
Comisiones para vendedores.
Comisiones para vendedores que trabajan continuamente.
Comisiones sobre ventas a trabajadores.
Compensación del impuesto sobre la renta retenido de más durante el ejercicio.
Compensación por trabajo en día de descanso en forma eventual.
Compensación por trabajo en día de descanso en forma permanente.
Compensación por vida cara en forma eventual.
Compensación por vida cara en forma periódica.
Crédito al salario.
Cuota adicional por residencia, con base en resultados.
Cuota adicional por residencia periódica.
Cuotas al IMSS a cargo del trabajador.
Cuotas para centro deportivo.
Cuotas sindicales pagadas por el patrón.
Despensas en dinero que no rebasan el 40% del salario mínimo del Distrito Federal.
Despensas en dinero que rebasan el 40% del salario mínimo del Distrito Federal.
Despensas en especia que no rebasan el 40% del salario mínimo del Distrito Federal.
Despensas en especie que rebasan el 40% del salario mínimo del Distrito Federal.
Destajos o sueldo por trabajo realizado.
Doble turno ocasional.
Donativos o gratificaciones a trabajadores.
Emolumentos al administrador único.
Emolumentos al presidente del consejo de administración
Equipo de seguridad personal.
Excedente del sueldo base de cotización por trabajadores, de actividades en las que existe un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Financiamiento para adquisición de vivienda.
Gastos de representación comprobados.
Gastos de representación sin comprobar.
Gastos personales pagados por el patrón en forma eventual.
Gastos personales pagados por el patrón en forma permanente.
Gratificación extraordinaria.
Gratificación por retiro.
Guardería pagada por la empresa.
Haberes de retiro.
Herramientas para la prestación de servicio.
Honorarios con opción de retención.
Honorarios preponderantes.
Horas extra en siniestros.
Horas extra eventuales.
Horas extra fijas.
Horas extra que exceden al límite establecido por semana.
Impuesto sobre la renta a cargo del trabajador.
Incapacidad pagada por la empresa.
Indemnización por despido.
Intereses de la caja de ahorro.
Intereses del fondo de ahorro.
Jubilaciones.
Otorgamiento de automóvil en propiedad a precio bajo.
Otorgamiento de automóvil en propiedad gratuitamente.
Otorgamiento de vivienda en propiedad a precio bajo.
Otorgamiento de vivienda en propiedad gratuitamente.
Pago de cuotas sindicales descontadas a trabajadores.
Pago de eventos culturales.
Pago retroactivo por revisión de contrato.
Pagos a accionistas empleados.
Pagos a consejeros de sociedades.
Pagos a consejeros por prestación de servicios subordinados.
Pagos al sindicato por eventos sociales.
Participación de utilidades.
Pensiones.
Póliza de atención médica.
Premios y otros pagos en especie al cumplir periodos de trabajo.
Préstamos a fondos de ahorro o cajas de ahorro de trabajadores.
Préstamos a trabajadores.
Préstamos del fondo de ahorro.
Prima de antigüedad pagada al terminar la relación laboral.
Prima de antigüedad pagada periódicamente.
Prima dominical eventual.
Prima dominical permanente.
Prima vacacional adicional a la mínima legal.
Prima vacacional conforme a la Ley Federal del Trabajo.
Propinas.
Reembolso de gastos de automóvil del trabajador, que se utiliza para actividades de la empresa.
Reembolso de gastos de automóvil propiedad de la empresa.
Reembolso de gastos de automóvil propio.
Reembolso de gastos médicos.
Regalo de fin de año.
Renta de casa habitación con cobro inferior al 20% del salario mínimo del Distrito Federal.
Renta de casa habitación por el 20% del salario mínimo del Distrito Federal.
Salario por trabajo en día de descanso obligatorio diferente al domingo.
Salarios al concluir la huelga.
Salarios pagados en el extranjero por establecimiento permanente de residente en México.
Salarios pagados en México a extranjeros.
Seguro de gastos médicos y seguro de vida en favor de los trabajadores.
Séptimo día.
Servicio de transporte gratuito.
Servicios vacacionales pagados por el patrón.
Subsidio de incapacidad complementario al del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Sueldo.
Sueldo base de cotización de trabajadores, de actividades en las que existe un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Sustitución temporal.
Tareas y premios por alcance en producción.
Uniforme de trabajo.
Uso gratuito de casa habitación.
Útiles escolares para el trabajador.
Útiles escolares para los familiares de los trabajadores.
Vacaciones pagadas.
Vales de restaurantes.
Vales de restaurante vendidos.
Viáticos comprobados.
Viáticos sin comprobar.

CAPÍTULO 3
PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS

Pensionados y beneficiarios.
Cesantía en edad avanzada – Renta vitalicia.
Vejez.
Retiro anticipado.
Invalidez.
Muerte del pensionado.
Seguro de invalidez y vida.
Seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, cuando se opta por aplicar la Ley derogada.
Seguro de riesgos de trabajo.
Cesantía en edad avanzada – Retiro voluntario del saldo de la cuenta individual.
Vejez – Retiro voluntario del saldo de la cuenta individual.
Retiro voluntario del excedente del saldo de la cuenta individual – Retiro anticipado.
Retiro del excedente del saldo de la cuenta individual – Muerte del asegurado.
Retiro del excedente del saldo de la cuenta individual.
Retiro voluntario del saldo de la cuenta individual – Muerte del asegurado por riesgos de trabajo.
Seguro de invalidez y vida – Retiro voluntario del saldo de la cuenta individual.
Retiro voluntario del saldo de la cuenta individual – Muerte del asegurado.

BIBLIOGRAFÍA.